Rechaza Suprema Corte matrimonios poliamorosos

Ciudad de México, 04/04/24 (Más / IA).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la posibilidad legal del matrimonio entre tres o más personas al emitir una resolución respecto a un juicio de amparo.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, encargado del proyecto de resolución, sostuvo que las manifestaciones poliamorosas no tienen una gran presencia en la sociedad mexicana y que podrían generar situaciones desiguales y de discriminación, especialmente en mujeres, niñas y niños.

También señaló que, si la figura del poliamor llegara a crecer en la sociedad, debería ser regulada por los Congresos locales para proteger los derechos de sus integrantes y evitar situaciones de desventaja.

La Primera Sala de la SCJN rechazó la inclusión de más de dos personas en un matrimonio, con cuatro votos a favor y uno en contra, respaldando así el proyecto presentado por Pardo Rebolledo.

En mayo de 2021, Pedro Arroyo Soto, titular del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales, otorgó un amparo a una individuo partidario del poliamor, basándose en criterios de la Primera Sala de la Corte, que ha sostenido que la Constitución protege todas las formas y manifestaciones de familias.

Este fallo refleja la postura de la SCJN sobre el poliamor en el contexto del amparo interpuesto, argumentando que este tipo de relaciones no tienen una gran presencia en la sociedad mexicana y que podrían generar situaciones desiguales y de discriminación. La SCJN ha rechazado la inclusión de más de dos personas en un matrimonio y sugiere que, si la figura del poliamor crece en la sociedad, debería ser regulada por los Congresos locales para proteger los derechos de sus integrantes.

Este caso es un ejemplo de cómo la SCJN aborda temas relacionados con la diversidad de formas familiares y la protección de los derechos individuales en México. La decisión marca un precedente importante en la interpretación de la Constitución y la regulación de las relaciones familiares en el país.

El poliamor es una forma de relación afectiva, íntima, emocional y sexual entre más de dos personas, que se mantiene de forma duradera y simultánea. Esta práctica se basa en el establecimiento de vínculos emocionales entre las personas implicadas, más allá de las relaciones sexuales

TRES SON MULTITUD
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo presentó los siguientes argumentos en su proyecto sobre el poliamor:

1. **Rareza de las relaciones poliamorosas**: El ministro argumentó que las relaciones poliamorosas no son comunes en la sociedad mexicana y que, por lo tanto, no se pueden incluir en el matrimonio o concubinato[4][5].

2. **Posible discriminación y desigualdad**: Pardo Rebolledo advirtió que las relaciones poliamorosas podrían generar desigualdad y discriminación en mujeres, niñas y niños[5].

3. **Regulación por Congresos locales**: El ministro sugirió que, si la sociedad considera el poliamor en el futuro, debería ser regulado por los Congresos locales para proteger los derechos de sus integrantes y evitar su vulnerabilidad[5].

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un amparo con el que se pretendía incluir a más de dos personas en una relación legalmente reconocida de matrimonio o concubinato, mejor conocidas como poliamor.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros respaldaron el proyecto Jorge Mario Pardo Rebolledo,

Por: Edición 10
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