El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el catálogo de infracciones para la elección judicial. Los aspirantes registrados, así como aquellos jueces, ministros y magistrados en funciones que aceptaron el pase automático, no podrán cometer desde ahora actos anticipados de campaña.
El consejero Martín Faz propuso que los aspirantes y candidatos no pudieran utilizar lemas, frases o ideologías de partidos políticos, pero esto no fue aprobado por voto mayoritario de los consejeros Guadalupe Taddei, Arturo Castillo, Claudia Zavala, Rita Bell López Vences, Uuc-kib Espadas y Norma de la Cruz.
Cabe destacar que las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y Loretta Ortíz Ahlf, han expresado públicamente su cercanía y respaldo al gobierno federal de Morena, con el expresidente Andrés Manuel López Obrador y la presidenta Claudia Sheinbaum, así como con la llamada cuarta transformación.
En el proyecto aprobado se estipuló que queda prohibida “la difusión de propaganda electoral que haga referencias inequívocas de identidad a un partido o fuerza política”.
El catálogo de infracciones aprobado por el Consejo General menciona que de las personas aspirantes, los juzgadores en funciones y las personas que sean elegidas en febrero como candidatas y candidatos a jueces, ministros y magistrados no podrán contratar espacios en radio y televisión, o cualquier medio para promocionar su candidatura.
Tampoco podrán cometer actos de campaña antes del periodo establecido por la ley, y su propaganda no contendrá calumnia o temática que vulnere el interés superior de la niñez.
Además, no podrán hacer entrega de cualquier tipo de material (enseres) en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato. Tampoco podrán difundir encuestas ni realizar actos de difusión de propaganda electoral tres días previos a la elección del 1 de junio, y hasta la hora de cierre de las casillas.
El catálogo también prohibió a los servidores públicos realizar actos de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna.
Tampoco podrán utilizar programas sociales y recursos del ámbito federal, estatal, municipal, o de la Ciudad de México, con la finalidad de inducir o coaccionar a la ciudadanía para votar a favor o en contra de cualquier persona candidata.
Los funcionarios tampoco podrán participar en actos de proselitismo en días y horas laborales.
A su vez, los partidos tendrán prohibido realizar actos de proselitismo, o posicionarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna, además de contratar encuestas o sondeos de opinión.
Con información de Latinus.