INE ordena al Partido Verde eliminar o modificar un spot en el que promociona a Sheinbaum

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido Verde Ecológista de México (PVEM) eliminar o modificar un spot en el que promociona a su candidata presidencial, Claudia Sheinbaum Pardo, al no contener elementos auditivos que la identifiquen como candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia.

Por unanimidad de los consejeros Claudia Zavala, Rita Bell López Vences y Arturo Montaño, la Comisión de Quejas resolvió que es un criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que todos los promocionales de candidatos contengan elementos en favor de las personas que sufren alguna discapacidad.

Al resolver una queja presentada por el PAN en contra el PVEM, por presunto uso indebido de la pauta, en el caso del promocional “Claudia Sheinbaum trayectoria V2”, la comisión determinó que no cuenta con elementos auditivos identificatorios.

La comisión resolvió que la medida cautelar solicitada es procedente, porque podría contravenir el artículo 91, numeral 4 de la Ley General de Partidos Políticos y el criterio del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la materia. Por lo tanto, el PVEM deberá sustituir el promocional en un plazo máximo de tres horas.

“El promocional denunciado omite señalar de forma auditiva que Claudia Sheinbaum Pardo es candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia, lo que es criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y podría generar perjuicio o falta de certeza en ciudadanos con alguna discapacidad visual”, mencionó lo aprobado por los consejeros.

En otro asunto, el consejo determinó procedente las medidas cautelares presentadas por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) contra 83 personas que ocupan cargos de supervisor, capacitador asistente electoral, o que están en lista de reserva.

Esto se debe a que los partidos políticos presentaron cédulas o expedientes electrónicos de afiliaciones que, preliminarmente, los identifican como sus militantes, con firmas que aparentemente autorizan su pertenencia a dichos partidos.

Como resultado, se ordenó impedir que continúen en el ejercicio del cargo hasta que se resuelva definitivamente el fondo de los asuntos, para garantizar los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales.

Con información de Latinus

Por: Redacción2
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