Felipe de la Mata, magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propuso declarar válido que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE no investigue la grabación de un spot de precampaña de Morena y Claudia Sheinbaum en la Biblioteca de México, a pesar de que la productora mintió a la Secretaría de Cultura en que sería una filmación con fines educativos.
El magistrado difundió este jueves su proyecto que, de ser respaldado por la mayoría de los integrantes de la Sala Superior del Tribunal, validará que la Unidad Técnica del INE no admita una queja del PRD en la que acusó que el promocional se haya grabado en la Biblioteca “José Vasconcelos”, un inmueble federal, y que implicaría el uso indebido de recursos públicos, dado su carácter proselitista.
La empresa Fantasmas Films solicitó el 10 de noviembre del 2023 a la Secretaría de Cultura federal hacer una grabación, pero no dijo que sería un spot propagandístico, sino un espacio para difundir la cultura y educación.
Rodrigo Borja Torres, director general de Bibliotecas de dicha secretaría, autorizó sin cobro alguno la grabación para el 16 de noviembre, “con la finalidad de apoyar el fomento a la creación de contenidos que promuevan la formación cívica y cultural de la población mexicana y la promoción de la biblioteca de México José Vasconcelos”.
Sin embargo, la grabación no fue de índole cívica ni cultural, sino electoral, ya que Sheinbaum grabó el spot pautado en radio y televisión denominado “Máster en Economía C SH”.
La queja consideró que es inverosímil que ni Morena ni la productora tuvieran que haber solicitado un permiso para la grabación del promocional, como señaló la Unidad Técnica del INE, ya que sí existió un permiso otorgado por la Secretaría de Cultura, pero con otros fines.
Además, el partido que impugnó indicó que con la grabación se irrumpió el estudio que realizan regularmente las personas usuarias de la biblioteca.
Las autoridades de la biblioteca dijeron a la Unidad Técnica del INE, que ese recinto “se encuentra abierto al público y que no requiere mayor autorización de ninguna autoridad para ser disfrutado, lo cual incluye las actividades de grabación de audiovisuales”.
El proyecto de Felipe de la Mata pretende confirmar el desechamiento de la denuncia presentada por el PRD, y ratificar que la Unidad Técnica del INE no inicie un procedimiento especial sancionador, por considerar que la grabación no constituye una violación en materia de propaganda política-electoral.
El magistrado estableció en su proyecto que la utilización de inmuebles de carácter público con fines proselitistas no está prohibido, porque de acuerdo con la normatividad electoral, “es posible inferir que ello no es así”.
“A manera de ejemplo, debe señalarse que el artículo 244, párrafo dos de la Ley Electoral autoriza a las autoridades el conceder gratuitamente a los partidos políticos o candidaturas el uso de locales cerrados con fines de proselitismo electoral, y que el artículo 245, párrafo 1 de la Ley Electoral prevé la realización de marchas o reuniones con fines proselitistas que puedan implicar una interrupción de la vialidad”, mencionó el documento.
Con información de Latinus