La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales que preside el diputado Omar Bazán, aprobaron por mayoría dictaminar en sentido positivo la propuesta del diputado del PAN, Alfredo Chávez, el cual aumenta el número de magistrados del TEJA de 3 a 5, mismas que se configuran ahora en salas y no ponencias, tres unitarias y dos especializadas.
Francisco Sánchez diputado de MC, se abstuvo luego de solicitar a la Secretaría Técnica ampliar el estudio de si la reforma a la Ley del TEJA requiere una revisión del anclaje a la Constitución, “a partir de una valoración técnica constitucional”.
La propuesta se aprobó instruir elaborar el dictamen en sentido positivo con 4 votos a favor de los diputados Adriana Terrazas, Omar Bazán, Georgina Bujanda y Gabriel García Cantú. Con un voto en contra de Jael Argüelles de Morena y la abstención del diputado de MC, Francisco Sánchez.
La propuesta de Alfredo Chávez a la Ley del TEJA implica:
Crear la Sala Especializada en materia de Responsabilidades Administrativas.
El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa se conformaría por cinco magistraturas: tres Salas Unitarias Administrativas y dos Salas Unitarias Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas.
Seguirán vigentes a la reforma los nombramientos y derechos de las personas que actualmente integran el Tribunal.
Las Magistraturas del Tribunal, se designarán por el Congreso del Estado, en los términos señalados en el artículo 39 bis de la Constitución Política del Estado.
Incluye el elevar a rango Constitucional, la popularmente denominada como “Declaración 3 de 3 contra la violencia de género”, en materia de suspensión de los derechos de una persona para trabajar en el Gobierno o buscar un puesto popular, tal y como se preveía, incluyendo además las conductas atentatorias contra el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
El Pleno del TEJA dentro de los treinta días posteriores a la designación de las personas que habrán de ocupar las dos Magistraturas creadas se deberá reunir con la finalidad de designar o ratificar a la persona que ocupe la Presidencia.