Dictan prisión preventiva a madre e hijo que participaron en fraude telefónico

Elementos de la Unidad Especializada en Delitos de Extorsión, de la Fiscalía en Operaciones Estratégicas, cumplimentaron ayer miércoles en Ciudad Juárez, una orden de aprehensión por el delito de fraude, en contra de Adriana María P. M., e Iván Giovani B. P.

Este 19 de septiembre, se les formuló imputación ante una Juez de Control del Distrito Judicial Morelos, solicitando los imputados la duplicidad del término constitucional para que se resuelva su situación jurídica. La Juez fijó la audiencia de vinculación a proceso para el próximo lunes 23 de septiembre.

En la misma audiencia inicial, se debatió sobre la imposición de la medida cautelar, imponiendo la Juez de Control la prisión preventiva por el término de ocho meses.

Cabe informar que el delito de fraude está previsto y sancionado conforme al artículo 223 fracción III del Código Penal del Estado de Chihuahua.

Dentro de la investigación ministerial, se estableció que el 27 de junio del 2023, a través la modalidad de “fraude a empleada”, los imputados lograron que la empleada doméstica entregara una maleta con joyería de oro y dinero efectivo, los cuales ascienden a la cantidad de $419,922.00 pesos.

La comisión del delito inició con una llamada telefónica al teléfono fijo de la casa en donde se desempeñaba la trabajadora, por una persona quien dijo ser “el licenciado” de la víctima, quien supuestamente “necesitaba que le hiciera un favor de manera urgente”, logrando así engañar a la empleada para que entregara la maleta con el dinero y la joyería.

La Fiscalía en Operaciones Estratégicas, reitera el compromiso de servir y atender en todo momento a la ciudadanía y hace un llamado a la población para que denuncie cualquier actividad sospechosa o situación similar de fraude telefónico, asegurando que se tomarán todas las medidas necesarias para proteger a las víctimas y llevar a los responsables ante la justicia.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, los imputados se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

Por: Edición 10
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