La CFE debe proporcionar información relacionada con el pago y subsidio por consumo de energía eléctrica en domicilio

 

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) debe proporcionar a una persona información sobre el consumo de energía eléctrica en su domicilio particular y el subsidio al que tiene derecho por jubilación, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

Una persona solicitó a la CFE el envío, a través de correo electrónico, de los recibos de consumo de energía eléctrica de 2023 y 2024, el envío de su recibo bimestral y el documento que especifique el límite máximo de consumo establecido como prestación.

 La CFE envió a la persona su historial de facturación con el detalle de los límites de consumo. Le indicó que si el consumo de energía eléctrica no excede el límite, la CFE no envía recibo y le proporcionó una tabla con los kilovatio hora otorgados a la tarifa para uso doméstico. La persona consideró que no se le entregó la información que solicitó, lo que motivó la presentación de un recurso de revisión ante el INAI. 

El equipo de trabajo de la Comisionada Josefina Román Vergara concluyó que la solicitud no fue enviada a las unidades administrativas competentes para atenderla; que se utilizó un criterio de búsqueda erróneo al no entregar el documento que informe sobre los kilovatio hora a los que la persona jubilada tiene derecho como prestación. 

Por cuanto hace a la solicitud del envío bimestral de los recibos de consumo, la persona pidió a la CFE que en un futuro le sean remitidos a su domicilio. “Este asunto nos permite reafirmar que los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) se constituyen como un derecho humano que debe ser protegido por el Estado, debido a que permiten materializar y hacer efectivo el derecho fundamental a la protección de datos personales”, dijo la Comisionada. 

El Pleno del INAI por unanimidad modificó la respuesta de la CFE y le ordenó buscar en las áreas competentes el oficio o convenio donde se indique el límite máximo de consumo establecido como prestación a la cual tienen derecho los trabajadores activos y jubilados de la División Oriente, Zona Comercial Xalapa y se informe a la persona.

Por: Redacción
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