El legislador Óscar Daniel Avitia Arellanes quien integra el Grupo Parlamentario de morena sometió ante el Congreso el proyecto con carácter de decreto con el fin de modificar el artículo 159 de la Ley de Transporte del Estado de Chihuahua, con el fin de acrecentar incentivos económicos a deportistas destacados y sus familias.
Avitia Arellanes recordó que el artículo cuatro de la Constitución del país establece que: "Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte". Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia. De igual manera que de los artículos 5 y 6 de la legislación estatal en materia de Cultura Física y Deporte, señala que tanto el Estado como los Municipios, promoverán acciones para el fomento de la activación física, cultura física y deporte.
Por lo anterior indicó Óscar Avitia, las tarifas de transporte deben ser modificadas a fin de garantizar que la actividad física no resulte una actividad onerosa para niñas, niños y adolescentes quienes acuden a entrenamientos o bien a competencias deportivas, así como para quien les acompañe.
Actualmente la Ley de Transporte contempla como elegibles para un descuento a aquellas personas adultas mayores de 60 años, además de personas con movilidad limitada, integrantes de etnia en el Estado así como a estudiantes, pero la propuesta busca extender este beneficio para deportistas destacados, ya que familias de los deportistas y los participantes batallan en sus traslados a las justas o entrenamientos, por lo que el decreto enviado por el diputado Avitia pide que se den descuentos en transporte y quede de la siguiente manera:
En el artículo 159 se establezca que el porcentaje de descuento de la tarifa preferencial será equivalente al cincuenta por ciento de la tarifa (50%); a deportistas chihuahuenses que destaquen en su disciplina, así como su madre, padre o tutor en caso de ser menores de edad.
De igual manera, un descuento del treinta y tres por ciento (33%) en tarifas de transporte foráneo, para aquellas personas deportistas destacadas que representan al estado en competencias deportivas dentro del estado, así como a su madre, padre, tutor o bien a algún adulto autorizado quien los acompañe a dichas competencias, previo acreditamiento ante las instancias deportivas competentes.