CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes los impedimentos con los que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) buscaba evitar que cuatro ministros participen en el debate sobre el conflicto derivado de las resoluciones que dicho órgano dictó sobre la reforma judicial. Durante la sesión del pleno de este jueves, la Corte tenía programada la discusión del proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena sobre el conflicto entre el TEPJF y los jueces de amparo que ordenaron frenar la reforma judicial.
Debido a que el TEPJF consideró que Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y la ministra presidenta Norma Piña están impedidos para participar en el debate por haberse manifestado previamente en contra de la reforma judicial, el Pleno tuvo que analizar dicho alegato.
Para ello, Gutiérrez Ortiz Mena agregó a su proyecto el análisis de esta cuestión, en el que consideró que el TEPJF no puede argumentar que alguno de los ministros está impedido para debatir el tema debido a que no se trata de un conflicto contencioso en el cual dicha institución figure como parte demandada, sino de un conflicto interno del Poder Judicial de la Federación (PJF).
"El caso presente no se trata de la reforma judicial. Su objeto es una disputa jurisdiccional entre la sala superior y las personas juzgadoras de amparo, lo que constituye un claro conflicto al interior del Poder Judicial. La litis es esencialmente interna y no implica ningún pronunciamiento sobre la validez de la reforma judicial”, explicó. Por mayoría de seis votos, los ministros consideraron improcedente la solicitud del Tribunal Electoral.
Como acostumbran las ministras afines al gobierno federal, Loreta Ortiz, Lenia Batres y Yazmín Esquivel, votaron en bloque por declarar que sí proceden los impedimentos planteados por el Tribunal.
Ortiz Ahlf pidió retirar el asunto para analizar previamente y por separado cada impedimento planteado a los cuatro ministros, mientras que Lenia Batres centró su argumento en afirmar que el caso sí tenía características contenciosas y que el Tribunal podía pedir las recusaciones.
“Las recusaciones promovidas por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sí son procedentes, pues aun cuando esta vía no se plantee formalmente para la anulación de sus resoluciones, los alcances que se le propone dar a esta resolución sí implican materialmente su invalidación”, refirió.
"En este sentido, se estaría despojando, al convertir una sentencia efectiva en una opinión, se estaría despojando a un órgano del Estado mexicano de una potestad expresamente concedida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como instancia terminal, y en esta medida tendría justamente que considerarse que estamos asumiendo a una parte en un juicio, es decir, la Sala Superior tendría que reconocerse como parte en este proceso de facto”.
La ministra presidenta, Norma Piña coincidió con el ponente en el sentido de que el caso no se trata de analizar la constitucionalidad de la reforma judicial, sino de un conflicto, relacionado con el correcto funcionamiento del propio PJF.
“Esta facultad no es un juicio contencioso ni un litigio porque no existen partes que se disputen un interés particular, sino una facultad residual de naturaleza extraordinaria que la ley confiere a la Suprema Corte como máximo órgano jurisdiccional del Estado mexicano para resolver con carácter positivo y vinculante, cualquier diferencia interpretativa que surge entre los órganos del Poder Judicial de la Federación respecto del contenido y alcance de su competencia y funciones plasmadas en la Constitución, precisamente con la finalidad de evitar extralimitaciones que afecten la autonomía e independencia de los tribunales”, señaló.
“Según la Sala, yo me he pronunciado públicamente en contra de la reforma constitucional al Poder Judicial y, por ello, al haber adelantado una opinión sobre la misma había perdido imparcialidad para juzgarla. A mi juicio esta causal de impedimento no se actualiza en este asunto, la razón es tan clara como sencilla.
En este caso, no se está juzgando en absoluto la reforma constitucional al Poder Judicial sino una cosa completamente distinta e independiente de la misma, a saber, el objeto de este caso es contestar una pregunta constitucional relacionada con el correcto funcionamiento del Poder Judicial de la Federación (…) Por lo tanto, si aquí no se está discutiendo la validez de la reforma, sino un problema jurídico distinto y autónomo, totalmente abstracto, cualquier supuesta afirmación pública que yo pudiera haber hecho favorable o desfavorable respecto de la misma es jurídicamente irrelevante para juzgar la posible actualización”.
En tanto, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo aprovechó el momento para desmentir al TEPJF, en el sentido de que él participó en las marchas organizadas por los trabajadores del Poder Judicial de la Federación en contra de la reforma, y aclaró que se presentó en el plantón de protesta afuera del Senado únicamente para saludar a sus compañeros de la institución.
“Es falso que yo haya asumido labores de activismo en torno a la reforma judicial. Mi opinión sobre la reforma le expresé en una invitación que se me hizo por parte del Poder Legislativo en los foros que se realizaron antes de aprobar esta reforma, y atendiendo a esa invitación se me pidió que en 5 minutos expresara yo mi punto de vista sobre esa iniciativa y eso fue lo que hice. No he tenido ninguna labor de activismo en torno a la reforma judicial.
"También es absolutamente falso que yo haya participado en marchas organizadas por los trabajadores del Poder Judicial de la Federación. Absolutamente falso.
Se hace referencia en este documento a una nota periodística en donde se destaca que yo me presenté en un campamento, un plantón que existía fuera del Senado de la República, lo cual es cierto. Sí me presenté, me presenté a saludar a compañeras y compañeros juzgadores y personal de órganos jurisdiccionales en ese momento.
No hice ninguna declaración. No se me hizo ninguna entrevista, no expresé ninguna opinión. Fui a saludar y expresarles mi solidaridad a los compañeros que llevaban muchos días en campamentos al aire libre en la calle”, enfatizó.
Por ello, rechazó tajantemente tener alguna causa de impedimento para participar en el debate. En consecuencia, los ministros desestimaron los impedimentos planteados por el Tribunal y declararon que este tipo de recursos no proceden en la revisión que realiza la corte de los conflictos que surgen entre los órganos del propio PJF, por lo que continuarán en el debate del proyecto de Gutiérrez Ortiz Mena.
Con información de Proceso.