Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundados e inoperantes los argumentos de la ministra Lenia Batres Guadarrama para aparecer en la boleta electoral con el sobrenombre de “ministra del pueblo”, por lo que confirmó el acuerdo del INE sobre este tema.
En sesión pública de la noche del jueves, el pleno de la Sala Superior del Tribunal discutió y aprobó un proyecto de la magistrada presidenta Mónica Soto. El asunto fue resuelto a menos de 24 horas de que la ministra Batres impugnó el acuerdo del INE, debido a que este viernes se tiene previsto el inicio de la impresión de boletas para la elección de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El Tribunal estableció que es inoperante lo alegado por Lenia Batres, en el sentido de que el INE debe aceptar incluir su sobrenombre, por el solo hecho de que su postulación deriva del pase directo concedido por la Constitución, y por desempeñarse actualmente en el cargo al que se postula.
El Tribunal resolvió que si bien las candidaturas registradas gozan de libertad de expresión para referir su sobrenombre o acrónimo, tratándose de una contienda electoral, tal derecho no es absoluto ya que está sujeto a condiciones previstas en la norma aplicable y a que no deben emplear palabras que puedan confundir al electorado, constituir propaganda electoral, o que vayan en contravención o detrimento de los principios que rigen la materia electoral.
El TEPJF argumentó que la negativa para que en la boleta electoral aparezcan sobrenombres o acrónimos tiene el propósito de que no exista afectación al proceso electoral de personas juzgadoras, y equilibrar las condiciones de competitividad en la contienda electoral, además de que tal posibilidad no se prevé en la Constitución ni en la ley.
Por ello, se determinó la colocación de sobrenombres “puede generar inequidad en la contienda al ser reconocida en el ejercicio del cargo que ostenta actualmente y posicionarse indebidamente frente al resto de las candidaturas, rompiendo con los principios de equidad e imparcialidad, que rigen la función electoral y con ello le depara en un beneficio para la persona candidata a juzgadora”.
En su sesión de la noche de ayer, el Tribunal resolvió un total de 36 juicios de la ciudadanía relacionados con impugnaciones de personas aspirantes a cargos de juzgadores contra actos del INE, el Senado y el Comité de Evaluación del Poder Legislativo.
Con información de Latinus