CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– Si México no acepta las exigencias de Ismael, el Mayo, Zambada para ser repatriado o extraditado, el gobierno de Claudia Sheinbaum podría intervenir para evitar que sea condenado a morir y, en su lugar, reciba cadena perpetua.
El capo del Cártel de Sinaloa asegura que fue secuestrado en México y llevado ilegalmente a Estados Unidos, donde fue detenido por narcotráfico, tráfico de armas, homicidios, lavado y plagios; por esos cargos podría enfrentar pena de muerte, pues Nueva York, estado en el que está siendo procesado, es uno de los que considera ese castigo para delitos muy graves.
Zambada envió una carta al gobierno mexicano para solicitar su intervención y ser repatriado, pues afirmó que, de no hacerlo, las relaciones bilaterales entre Méxco y EU podrían colapsar.
Las afirmaciones sobre su supuesto secuestro aún no han sido comprobadas y, de acuerdo con los informes de la Fiscalía General de la República (FGR), no existen indicios de que agentes estadunidenses participaron en estos hechos.
De acreditarse la versión del Mayo, correspondería a México solicitar a EU su repatriación por haberlo sustraído de manera ilegal.
Sin embargo, en 1992 la Suprema Corte estadounidense resolvió dos casos relacionados con personas acusadas de participar en el secuestro y homicidio del exagente de la DEA Enrique Kiki Camarena, en los que sentó un precedente que podría ser utilizado por el gobierno de EU para que, pese al secuestro, no tenga obligación de regresar a Zambada Niebla a México.
Se trata de los casos de Humberto Álvarez Machaín y René Verdugo Urquidez, quienes afirmaron que sus detenciones y traslados a EU fueron ilegales y contrarias al tratado de extradición entre ambos países.
La Corte estadunidense resolvió que, debido a que el tratado de extradición entre México y Estados Unidos no establece claramente qué ocurre cuando una persona es detenida ilegalmente, su arresto es válido y debe responder ante la justicia de EU.
En diciembre de 1992 Álvarez Machaín fue declarado inocente, pero Verdugo Urquidez fue sentenciado a 240 años de prisión, aunque sólo permaneció recluido durante 33 años.
Recuperó su libertad en 2019 luego de que, mediante un incidente de desvanecimiento de pruebas, acreditó que la única evidencia en su contra fue un cabello encontrado el 12 de abril de 1985 en la propiedad en la que Camarena fue asesinado, sin que existieran elementos que lo ubicaran en dicho lugar el mismo día en que ocurrieron los hechos.
El apoyo consular
Históricamente México se ha opuesto a la aplicación de la pena de muerte, por lo que en el año 2000 creó el “Programa de Asistencia Jurídica a Mexicanos Sentenciados a Pena de Muerte”, con el propósito de ayudar a los connacionales que enfrentan la pena capital en EU.
Desde 2001 el programa incluyó a personas no sólo sentenciadas, sino también a quienes podrían enfrentar esta sanción y cambió su nombre a “Programa de Asistencia Jurídica a Casos de Pena Capital en Estados Unidos de América” (MCLAP, por sus siglas en inglés).
Mediante este programa la representación consular de México en EU puede ayudar a Zambada a que, en caso de ser sentenciado a pena de muerte, esta pueda ser permutada por cadena perpetua.
Previo a llegar a la sentencia, la representación consular también puede asistirlo para evitar que realice declaraciones que pudieran perjudicar su proceso penal, además de que puede brindar a poyo técnico y legal a los abogados defensores y colaborar en la obtención de documentación y pruebas para mitigar la condena.
En la carta que Zambada envió al gobierno de México, reconoció que inicialmente rechazó la asistencia consular, pero reprochó que después de eso y, pese a saber que puede enfrentar la pena de muerte, los representantes consulares no han intentado nuevamente ponerse en contacto con él por lo que, probablemente como una estrategia de su equipo legal, manifestó su deseo de recibir esta asistencia.
Comparación con el caso Cienfuegos
El abogado Sandro García-Rojas, experto en cumplimiento y cooperación internacional, explicó a Proceso que, pese a que el Mayo exige su repatriación a México, la vía adecuada para su regreso sería la extradición al tener asuntos penales pendientes con la justicia estadunidense.
“Una de las excepciones, evidentemente, para que haya una repatriación, es que tengas algún asunto pendiente. Cuando tú tienes algún asunto pendiente de naturaleza penal, la norma te obliga a que seas, evidentemente, enjuiciado, oído en juicio allá, vencido y finalmente sentenciado”, explica en entrevista con esta casa editorial.
“En el caso del Mayo Zamada no significa que lo tengan que repatriar porque él tiene pendientes allá. Lo que México podría hacer es que, si tiene pendientes aquí y tiene carpetas de investigación o averiguaciones previas del viejo sistema pendientes, México tendría que pedir la extradición del Mayo para sentenciarlo aquí”.
Sin embargo, consideró que, debido a que el gobierno de EU ya procesó penalmente a Zambada, difícilmente accederá a entregarlo a México, aunque tenga investigaciones pendientes ante la justicia mexicana antes de ser sentenciado por una corte estadunidense.
“Eventualmente, si hay una sentencia allá, existe un acuerdo, un convenio, un tratado entre algunos países para purgar o compurgar penas en tu país de origen”, dice.
Tiene que ser el propio sentenciado quien lo solicita a la administración de justicia de aquel país para que por la Cancillería se lo pidan a México, pero eso pasa normalmente en delitos de poca monta.
Aunque México intervino para que el general en retiro Salvador Cienfuegos fuera repatriado bajo la condición de ser investigado y, en su caso, procesado ante la justicia mexicana, el especialista consideró que el caso de Zambada es diferente porque Estados Unidos tiene interés legítimo en que purgue una sentencia allá por los delitos cometidos en territorio estadunidense.
Pese al precedente de los casos Álvarez Machaín y Verdugo Urquidez, abundó en que el homicidio de Kiki Camarena fue cometido en México, pero al tratarse de un agente de la DEA, el gobierno de EU tenía interés legítimo para juzgarlos ante sus tribunales por ser un crimen contemplado en su legislación nacional.
Con información de proceso.com.mx