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Juicios de divorcio pueden continuar, aunque uno de los solicitantes muera durante el proceso: SCJN

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que si una persona solicita su divorcio y muere antes de que se dicte sentencia, esto no implica que su petición sea desestimada.

Este miércoles, la Primera Sala de la Corte declaró inconstitucionales los artículos de la Ley de Divorcio del estado de Guerrero que establecen que cuando una persona solicita el divorcio y muere antes de que se dicte sentencia, esto pondrá fin al juicio sin permitir la disolución del vínculo matrimonial, lo que permite al otro cónyuge reclamar toda clase de derechos hereditarios.

La propuesta, planteada por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, fue avalada con 3 votos, por lo que no pudo generar jurisprudencia de aplicación obligatoria en cualquier parte del país, pero fijó un precedente.

En el caso, una mujer solicitó su divorcio en el estado de Guerrero, pero falleció antes de que fuera emitida una sentencia definitiva. Sin embargo, el juez que conoció del asunto, declaró disuelto el matrimonio.

El esposo, su contraparte en el caso, impugnó la resolución y argumentó que debía ser aplicada la Ley del Divorcio en Guerrero, que establece que el fallecimiento de uno de los cónyuges pone fin automáticamente al juicio, lo que le fue concedido e implicó que el matrimonio –que en vida la mujer quiso disolver– subsistiera. De esta manera, el hombre conservó sus derechos hereditarios en su calidad de cónyuge supérstite.

Por ello, el representante de los herederos de la mujer tramitó un recurso de revisión en el que la Primera Sala de la Corte determinó la inconstitucionalidad de los artículos de la ley estatal.

Esto, bajo el argumento de que violentan su derecho al libre desarrollo de la personalidad al impedir que su voluntad, manifiesta antes de morir, de disolver el matrimonio fuera respetada.

“Fue incorrecto que el órgano colegiado ordenara, por un lado, dejar insubsistente la sentencia reclamada y, por otro, aplicar los artículos 37 y 48, fracción VII, de la Ley de Divorcio del Estado de Guerrero. Ello, atendiendo a la naturaleza declarativa del juicio de divorcio y privilegiando el derecho al libre desarrollo de la personalidad ejercido por la fallecida. En ese sentido, derivado del análisis realizado, es dable concluir que dichos artículos resultan inconstitucionales. Así, dado que el presente agravio resulta fundado y suficiente, resulta innecesario entrar al estudio de los agravios restantes. Por ello, lo procedente es revocar la sentencia recurrida”, indicó el fallo avalado por la Sala.

En consecuencia, el expediente fue devuelto al tribunal Colegiado para que dicte una nueva sentencia en la que confirme la disolución del matrimonio dictada por el juez que conoció inicialmente de la petición de divorcio.

 

Con información de: Proceso.

Tips al momento

Piden utilizar pallets o tarimas certificadas para exportación o las cargas serán rechazadas

Otro riesgo relacionado en materia de sanidad, se advierte sobre la frontera en especial la de Juárez y El Paso, Texas, pues la Industria del embalaje advirtió de afectaciones graves  al comercio internacional, por el uso de tarimas o pallets de maderas no certificadas.

Como se recordará, la presencia de gusano barrenador del ganado en Chiapas, derivó en el cierre de la frontera norteamericana a la exportación de becerros de cinco estados del país, entre estos Chihuahua; ahora, se hace la advertencia que la proliferación de plagas y madera de dudosa procedencia, pueden afectar  a empresas que utilizan tarimas de madera no verificadas o certificadas y generar un efecto dominó, en el sector de exportaciones, con afectaciones en dimensiones no calculadas para todo un país.

Y advierten que, las empresas que utilizan maderas sin certificación fitosanitaria apegadas a normativas internacionales pueden sufrir retardos, multas y pérdidas millonarias de sus operaciones de embalaje, logística, transporte y almacenamiento.

Destacan que todos los pallets, así como otras formas de embalaje de madera, como cajas y carretes de cable, deben ser tratados y certificados adecuadamente, antes de que puedan viajar de manera permitida a través de las fronteras internacionales; para advertir que de no ser así, los envíos destinados a exportación internacional que no cuenten esa certificación,  ya sea en su totalidad o parcialmente, tendrán que reemplazar todo el lote en cuestión o certificarlo, lo que se puede traducir en pérdidas de tiempo y recursos.

Señalan que la responsabilidad de que los pallets estén certificados  es del exportador, por lo que es recomendable asegurarse que que las empresas en donde se adquieren estén certificadas o verificadas por la Semarnat, única autoridad que puede avalar estos procedimientos.

Por lo anterior la Industria Nacional de los de pallets y Contenedores de Madera de los Estados Unidos, llamó a buscar e impulsar actividades comerciales a través del establecimiento de medidas que faciliten el intercambio de mercancías y protejan activos económicos la agronomía, ganadería y recursos naturales. Ahí la advertencia oportuna, según dicen, para que no se tengan problemas en la frontera con los Estados Unidos, como sucedió en el caso del ganado de exportación.

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