Un juez de distrito reconoció como víctima indirecta a la madre de un menor jornalero de 15 años que falleció tras la explosión de un artefacto explosivo artesanal en la región de Tierra Caliente, Michoacán, y ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) atenderla para que pueda acceder a los mecanismos de reparación y asistencia previstos en la ley.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, Sergio Santamaría Chamú, fundamentó esta decisión en el artículo 110 de la Ley General de Víctimas, que establece que el reconocimiento de la calidad de víctima puede ser determinado por un juez de amparo cuando se acredita el daño o menoscabo sufrido.
La resolución, publicada en los acuerdos del 14 de marzo pasado, se emitió en el marco del juicio de amparo 272/2025, donde se evidenció la omisión de las autoridades para garantizar la seguridad de la población frente a la instalación de minas terrestres por parte del crimen organizado.
El caso se deriva de la demanda de amparo presentada por varios habitantes de la región de Tierra Caliente, quienes denunciaron la falta de acciones concretas por parte de las autoridades federales y estatales para desactivar y retirar minas terrestres instaladas por grupos del crimen organizado.
Estas minas han causado la muerte de varias personas, entre ellas la del adolescente de 15 años, cuyo fallecimiento fue representado legalmente por su madre en este juicio.
La madre argumentó que las omisiones de las autoridades violaron su derecho a la vida, a la integridad personal, al trabajo en condiciones de seguridad y a un medio ambiente seguro. Además, destacó que la falta de acciones efectivas para desactivar estos artefactos explosivos ha generado un clima de terror y desprotección en la región.
En su resolución, el juez Santamaría Chamú determinó que las autoridades responsables, incluyendo a la presidenta de la República, el secretario de la Defensa Nacional, el gobernador de Michoacán y el titular de la Guardia Nacional, incurrieron en omisiones que pusieron en riesgo la vida y la integridad de los habitantes de la zona.
El juez señaló que estas autoridades tienen la obligación constitucional y convencional de proteger a la población civil y garantizar su seguridad, especialmente en contextos donde el crimen organizado utiliza métodos de guerra como las minas terrestres.
El juez concedió una suspensión definitiva con efectos restitutorios, ordenando a las autoridades responsables que, en coordinación, realicen acciones concretas para localizar, retirar, desactivar y destruir las minas terrestres en la región. Además, se les instruyó a implementar un programa nacional de desminado y a garantizar la asistencia y rehabilitación de las víctimas, incluyendo a la madre del adolescente fallecido.
Con información de: LatinUs.