CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que se debe presentar la Declaración Anual hasta el 31 de marzo del 2025 para las personas morales, y entre el 1 y 30 de abril para las personas físicas. Aquellos que no cumplan este trámite a tiempo enfrentarán multas de entre mil 810 y 44 mil 790 pesos.
Los contribuyentes están obligados a presentar su Declaración Anual correspondiente al año 2024. Este procedimiento permite a las personas físicas y morales comunicar a la autoridad fiscal sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos provisionales.
Las personas físicas son individuos con actividades económicas propias, capaces de adquirir derechos y obligaciones o que percibe un salario. Las personas morales son los grupos de personas físicas que se unen para formar una empresa y se identifican por una razón social. Pueden ser de carácter público o privado y con fines lucrativos o no.
Una persona física puede representarse a sí misma, mientras que una persona moral debe ser representada por alguien, usualmente, los miembros de la entidad. Por ello, la Declaración Anual para personas físicas y morales se solicita en tiempos distintos.
Las personas pueden enfrentar multas por no presentar este requisito, de acuerdo con los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación:
El incumplimiento no solo genera multas del SAT, sino que también afecta el historial fiscal del contribuyente, lo cual repercute en solicitudes de crédito, trámites financieros y actividades empresariales.
Con información de: Proceso.