La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó en sesión pública, por mayoría de votos, las sentencias del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua que, a su vez, validaron los listados de las candidaturas que participarán en la elección judicial en esa entidad.
Inconformes con el criterio sostenido por el tribunal estatal, las partes actoras promovieron juicios de la ciudadanía en los que, esencialmente, hacen valer que la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) del Congreso estatal carece de atribuciones para modificar el listado de postulaciones que le remitió el Comité de Evaluación Legislativo.
La Sala Superior determinó que fue incorrecto el actuar de la JUCOPO y del Pleno del Congreso de Chihuahua porque inobservó el procedimiento previsto en el artículo 101 de la Constitución local, para aprobar la postulación de las candidaturas judiciales locales y omitió cumplir el deber que la ley le impone como actor en el proceso electoral extraordinario para elegir personas juzgadoras en Chihuahua.
En consecuencia, ordenó a la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Chihuahua que, en un plazo de 6 horas, remita al Instituto Electoral local el listado de candidaturas a magistraturas del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que le entregó el Comité de Evaluación del Poder Legislativo, para que pasen directamente a la boleta correspondiente.
Asimismo, ordenó a la consejera presidenta del Instituto Electoral local que, en un plazo de seis horas posterior, actualice el informe respecto del listado de candidaturas totales del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial del Estado de Chihuahua 2024-2025, y lo presente al Consejo General para que sesione en un plazo siguiente de 12 horas (SUP-JDC-1715/2025 y acumulados).